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  • Fecha Última actualización: 06/11/2008
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Pasaia
     

Nota relativa a la Central Térmica de Pasaia

El Ayuntamiento de Pasaia ha interpuesto recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio frente a la resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental integrada a la central térmica de Pasaia, por entender que la resolución no es ajustada a derecho y resulta contraria a los intereses municipales, entre otros, por los siguientes motivos:

  • La central térmica de Pasaia carece de licencia de actividad, ya que nunca ha cumplido los requisitos establecidos para ello cuando se le otorgó la licencia provisional de apertura en 1.964.

  • En consecuencia, la central térmica no puede considerarse, en términos legales, como una actividad preexistente. Sin embargo, se ha aplicado al expediente el régimen aplicable a las instalaciones existentes y se ha tramitado el procedimiento de adaptación de las instalaciones existentes, en lugar del procedimiento ordinario, reduciéndose notablemente las garantías tanto medioambientales como de salud.

  • El Ayuntamiento, en respuesta a la solicitud realizada por la Dirección de Calidad Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, ha emitido informe urbanístico negativo relativo a la central térmica de Iberdrola en Pasaia, puesto que el uso de central térmica es incompatible con el planeamiento urbanístico vigente en el municipio de Pasaia. Legalmente, este hecho debería suponer el archivo automático del expediente.

  • Por tanto, es obvio que las competencias municipales han sido ninguneadas hasta el extremo de llegar a la falta del debido respeto y consideración a la propia Institución Municipal, al desoír el contenido de los informes emitidos por el Ayuntamiento en este procedimiento.


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